sábado, 19 de abril de 2014

El rating como falso parte de guerra

-I-

Cuando los grupos que arman las reglas se quejan de las reglas hay algo que no está en su lugar.
Es el instante previo a que el prestidigitador nos engañe con un truco.
Cambian el centro de interés para que no prestemos atención a lo que nos están por hacer.

-II-

El 19 de marzo de 2014, Adrian Suar, el gerente general de canal 13, habla con Dady Brieva para el programa Dadyman que se escucha por AM 1190, Radio América. Conversan sobre las mediciones de audiencia. Y le dice: "Los números están un poquito bajos. Yo creo que algunas dificultades está teniendo Ibope. Seguramente imagino que lo va a corregir. Es muy raro que los números de la noche, con este mismo programa seguramente en otra oportunidad hubiera hecho 18 puntos. Me llama la atención tan bajo la noche para todos. No hablo de El Trece, hablo de Telefe, El Trece...".

 Ese mismo día, un rato más tarde, por medio de su cuenta de Twiter, Marcelo Hugo Tinelli (vicepresidente con licencia de San Lorenzo de Almagro, dueño de la productora multimedial Ideas del Sur, conductor de Bailando por un sueño que se emitirá por Canal 13, abortado empresario a cargo de las transmisiones de Fútbol para Todos) dice: "Que raros que están los ratings!!! Estuve viendo coincidentales y hay diferencias que asombran".

Dos semanas después, el 4 de abril , Emanuel Respighi publica en Página/12 un texto que da cuenta de conversaciones entre "quienes toman decisiones en la tele abierta" y la empresa alemana GFK, la compañía más grande de Alemania dedicada a mediciones de mercado buscando acuerdos para que esa empresa compita con Ibope en las mediciones de rating en Argentina. 

Y el 15 de abril se conocen las nominaciones para los premios Martín Fierro 2014.

-III-

Nadie nace de un repollo. Todos tenemos un pasado. 
Los medios y las medidoras de rating también. Cuando Carlos Menem asume la presidencia de Argentina el 8 de julio de 1989 puso en práctica un plan. El de los dueños del poder.


(En http://tallerderadioenelaire.blogspot.com.ar/2009/08/mapa-de-medios-en-argentina.html )

Así en agosto de ese mismo año sanciona la ley 23.696 de privatizaciones con el título de
"Emergencia Administrativa. Privatizaciones y Participación del Capital Privado. Programa de Propiedad Participada. Protección del Trabajador. Contrataciones de Emergencia. Contrataciones Vigentes. Situación de Emergencia en las Obligaciones Exigibles. Concesiones. Plan de Emergencia del Empleo". 
El art 65 de la ley decía:

"RADIODIFUSION. Modificase la ley 22.285 de la siguiente forma:
 a)Derogase el inciso c) del articulo 43.
b) Sustituyese el inciso
e) del articulo 45 por el siguiente:
"No tener vinculación jurídica societaria u otras formas de sujeción con empresas periodísticas o de radiodifusión extranjeras".
c) Deroganse los incisos a) y c) del articulo 46.
Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a adoptar las medidas necesarias, hasta el dictado de una nueva Ley de Radiodifusión, para regular el funcionamiento de aquellos medios que no se encuentren encuadrados en las disposiciones vigentes hasta el momento de la sanción de esta ley de emergencia".

 O sea: acomodaron el decreto ley de la dictadura para que la ley de privatizaciones incluyese a los compradores elegidos de antemano para que se pudieran presentar a comprar los medios estatales con los que iban a quedarse.
El 22 de diciembre de ese mismo 1989 entrega el canal 13 y el canal 11 a quienes serían sus nuevos dueños: El grupo Clarín y el grupo Editorial Atlántida, respectivamente.

  Ibope surge como una medidora impuesta por los nuevos dueños de los medios privatizados al calor del menemismo.
Y arman la empresa para venderle público a los anunciantes. Y determinan el universo de consulta para que los resultados resulten de acuerdo a las expectativas de esos mismos que contratan el servicio.

Al momento en que los grupos Clarín y  Atlántida quedan al frente de Canal 13 y Telefé existían dos empresas que medían el rating: 'IPSA Nielsen' y 'Mercados y Tendencias'. 

Por entonces Ibope funcionaba como medidora de tendencias. Había iniciado sus actividades en Argentina en 1992. En 1999 compra a IPSA y a Mercados y Tendencias. Un año antes había formado el Monitor de Medios Publicitarios como producto de la adquisición de Auditores Publicitarios Nielsen y Fuentes & Cía. 
Así en seis años Ibope se transformó en el monopolio de medición de tendencias que es hasta hoy. 

(En http://www.ibope.com.ar/ibope/wp/historia)

-IV-

Antaño las mediciones de rating eran esenciales para los programadores de TV porque esos números eran la justificación o no para que los anunciantes pusieran sus avisos en tal o cual programa. Y de esos ingresos salían los superavits o los déficits de los canales.

Hoy eso no sucede.
Porque muchos programas son subsidiados por otros.
Porque hay programas en los que los anunciantes ponen dinero aún cuando los números indican la inconveniencia de hacerlo.
Porque muchos anunciantes son parte accionista de los mismos canales en los que aparecen sus avisos.
Porque muchos programas se producen para ser vendidos a otros mercados distintos de aquellos en los que se realizan.

¿Y entonces?

-V-

Hoy los números de rating fungen de partes de guerra en el campo de batalla de dos formas de entender la comunicación.
 De proyectos de comunicación contrapuestos.
Una que revindica un decreto ley de la  dictadura del '76 y piensa la comunicación como propiedad de un grupo de medios concentrados y un mensaje único. 
Y otra que se piensa desde múltiples voces y sostiene una ley votada por un parlamento democrático y llevada al debate con años de lucha de organizaciones comunitarias. Una que piensa el fútbol como un servicio prepago. 
Y otra que sostiene el Fútbol para Todos.  
Los números del rating son hoy el instrumento de legitimación de un proyecto sobre otro.
Así:
Mostrar que uno gana en los números del rating es mostrar que el que gana es el proyecto de comunicación propio.
Cuando la muestra -universo- de consulta no opina como desea el statu quo, lo que este último busca es cambiar el universo.
Eso es lo que Suar y Tinelli le reclaman a Ibope. Que cambie el actual universo por otro que los avale.

-VI-

Las nominaciones para los Martín Fierro 2014 son una clara demostración de que los verdaderos números del rating son otros, distintos de los que pretenden Suar, Tinelli, Ibope y los dueños de los medios hegemónicos en la Argentina.

El hecho de que APTRA haya nominado como nunca antes producciones de la Televisión Pública argentina es una aceptación tácita de la popularidad de su programación.

Y las propias contradicciones en distintos rubros que premian categorías relacionadas (noticiero, conductor/a de noticiero, columnista de noticiero) muestran, una vez más, el tironeo en APTRA entre la realidad y los dueños de las pantallas.
(¿Cómo es posible sostener que un noticiero -Visión 7- tenga dos columnistas nominadas para premiación y el propio noticiero no este en la terma de mejor programa noticioso?)



Tres semanas antes del comienzo del programa Periodismo para Todos, de Jorge Lanata por canal 13 y un poco más para el comienzo del programa de Marcelo Tinelli por el mismo canal (a casi 90 días de haberse quedado afuera de la posibilidad de manejar el Fútbol para Todos) lo que Suar y Tinelli le están reclamando a Ibope es que legitme con números su disputa por el sentido de los contenidos en la televisión argentina.

sábado, 12 de abril de 2014

Instantáneas

La Nación.
8 de abril de 2014.
Cuerpo principal del diario.
24 páginas.
20 fotos.
Una sola 
lleva el crédito de un fotógrafo 
con nombre y apellido: Fernando Font
¿Trabajará para el diario? 
¿O solo tomaron su foto a falta de corresponsalía tucumana? 

Del resto:
al podio se lo lleva Télam, 
la agencia de noticias del Estado Nacional 
que La Nación repudia y descalifica permanentemente.
Usó sus fotos en la tapa
y en las páginas 5, 7, 10 y 16.

En el segundo lugar se ubicó el olvido de crédito
en las páginas 17 y 18

Atrás las agencias extranjeras 
AFP (en la 2 y la 3), 
EFE en la página 4 y,
Reuters en la 17.

Y con una sola foto los diarios
 Wall Street Journal en la 15 y,
La Mañana de Neuquén en la 16,
la oficina del gobernador Scioli en la 6,
la gobernación de Catamarca en la 17
el gobierno de la ciudad de Buenos Aires en la 21 y
Twiter en la página 16.

Disfrutá de la galería completa:
















Supongamos que las fotos de internacionales no sean de tus reporteros gráficos porque las noticias suceden afuera del país en tiempo real. Y usas las de agencias internacionales.

Supongamos que las de las noticias nacionales suceden en todo el país. En tiempo real. Y tus fotógrafos no llegan a cubrirlas. Entonces usas las de Télam.

Supongamos que hay fotos de las que te olvidas los créditos porque te resulta más sencillo conseguirlas bajandolas de internet que usando tu propio servicio de fotográfia.

Ahora si todo esto te sucede 
pero además

Tus fotos de espectáculos son las fotos de agencia que te aportan las oficinas de prensa de los artistas que aparecen en tus páginas

Y cuando un espacio político genera una noticia y las fotos que vos publicas son las fotos que te alcanza la oficina de prensa del espacio político que genera la información.


Te están sobrando los redactores. 
Te están sobrando los reporteros gráficos.

Ha llegado el momento.

Tenes que dividir a tu plantilla gerencial
y con una parte ocupar todos los espacios en una
y con la otra armar 


Y que parezca un accidente.

jueves, 10 de abril de 2014

¿Por qué?

Si en las dos fotos aparece Sergio Massa
Y las dos fotos aparecen en Política de La Nación.

A esta del 7 de abril de 2014
la provee la oficina de prensa 
del Frente Renovador.


Y
a esta, del 8 de abril de 2014, no.


domingo, 6 de abril de 2014

Con la idea que se tiene de la vida




Por Horacio Cecchi *

Justicia por mano propia, dicen los más osados; emoción violenta, dicen los leguleyos; homicidio en riña, dicen los que no saben. Las cosas por su nombre: homicidio agravado por alevosía y ensañamiento, dice el Código Penal. Los nombres diferentes que asume la acción llamada ahora linchamiento están vinculados, como suele ocurrir, con la idea que se tiene del mundo, de la vida, y en este caso en particular, si considera que el otro tiene vida como un semejante o es simplemente un trámite de la inoperancia judicial que hay que resolver a como dé manera y la manera es matándolo a palos. Ocurre que la palabra linchamiento no tiene espacio dentro del Código y entonces surgen las diferentes acepciones y su aplicación, ajustando lo que se cree que es realidad a la ideología, que es previa. Mario Juliano, juez del Tribunal Criminal Nº 1 de Necochea, y director ejecutivo de la Asociación Pensamiento Penal, explicó a Página/12, paso a paso, todo lo que aplica el Código Penal sobre quienes participan en un linchamiento.


Para definir si el hecho de que una turba enfurecida mate a alguien indefenso porque cree que cometió un robo o hurto merece condena, Juliano empezó por explicar lo que se entiende como legítima defensa, que es lo que invocan los adeptos a la mano dura sobre el cuerpo de otro. “La legítima defensa es una causal exculpante de responsabilidad –dijo el juez– y se detalla en el artículo 34, inciso 6, del Código Penal.”


¿Cuáles son las condiciones para que se cumpla o cuáles son los límites de la legítima defensa? “Se deben dar tres cuestiones. Primero, la legítima defensa sólo existe como tal si es como respuesta a una agresión ilegítima en curso”, y subrayó “en curso”. “No puede ser que la acción ilegítima haya sido pretérita o futura”, sostuvo Juliano. ¿Por qué el acento puesto en que la acción ilegítima esté ocurriendo? Muy simple: no se puede llamar legítima defensa el hecho de agredir a alguien después de perseguirlo, porque la acción ilegítima, por ejemplo, un hurto en la calle, ya terminó. De la misma manera, tampoco se puede alegar legítima defensa por un pretendido robo futuro, porque el Código Penal no hace predicción.


“Tiene que haber falta de provocación de parte del que alega la legítima defensa –explicó Juliano–, por ejemplo, no puede haber agredido primero y después alegar legítima defensa durante la respuesta del otro a su agresión. Por último, la tercera condición es que la respuesta sea proporcional, tiene que haber una respuesta racional del medio empleado, es decir, si me viene a pegar con un diario, no me puedo defender con un arma como un revólver o un cuchillo.”


¿Qué pasa si, para dar el ejemplo de un asalto, el asaltante tiene un cuchillo y el asaltado no tiene un cuchillo a mano pero tiene un arma de fuego? ¿Cómo se sostiene la proporcionalidad? “La ley no pide a nadie que se transforme en un héroe. Pero, bueno, son todas circunstancias que se deben analizar y demostrar en cada caso. En principio, se deben dar esas tres condiciones.” ¿Sólo ocurre en casos de defensa de la propia persona o se puede aplicar también sobre objetos o posesiones? Una anécdota que narró Juliano avanza sobre esta pregunta. Un caso hipotético planteado en un examen: una persona compra una heladera en un local, paga con cheque y pide que la envíen a su casa. El local cierra y no le manda la heladera. El comprador llama al banco y anula el cheque. Pero el portador del cheque lo denuncia en la Justicia por estafa por pagar sin fondos. La respuesta correcta, sostuvo Juliano, es la legítima defensa, porque utilizó lo que tenía a su alcance para proteger sus bienes.


¿Se pueden enmarcar los recientes linchamientos como casos en legítima defensa? “No, todo indica que son homicidios calificados. Hay que diferenciar lo que es la aprehensión civil de lo que llaman linchamiento –explicó Juliano–. La ley permite a cualquier ciudadano intervenir en un delito en curso y atrapar al posible delincuente. Esto puede pasar porque no hay policía en ese momento, aunque nadie está obligado a hacerlo porque, repito, la ley no obliga a actos heroicos. Esto está regido por los códigos de procedimiento de cada jurisdicción. Lo que no autoriza la ley, ni a los civiles ni a la policía, es a poner mano sobre un posible delincuente y lesionarlo o matarlo. Esto es homicidio, o lesiones”.


Según Juliano, “en el mejor de los casos es homicidio simple, pero lo primero que surge es el artículo 80, que trata de homicidio agravado por alevosía, ensañamiento y concurso premeditado de dos o más personas”. La alevosía implica un empleo intensivo y extensivo de medios para provocar la muerte, generando un sufrimiento innecesario en la víctima, y la saña es el aprovechamiento de la indefensión. “Esto prevé, en el Código Penal, penas de prisión perpetua.”


Algunos alegaron emoción violenta. “La emoción violenta es otro de los eximentes de responsabilidad, pero es contradictoria con la legítima defensa, porque los agresores no fueron víctimas”, explicó Juliano.


Un abogado en un medio sostuvo la idea del homicidio en riña. No saber es no saber, pero saber y opinar erróneamente es esconder: riña, en la definición del diccionario de la Real Academia, es un acto “en que se acometen varias personas confusa y mutuamente de modo que no cabe distinguir los actos de cada una”. Muerte en riña, como ejemplo mediático, es la ocurrida en un enfrentamiento entre barras bravas, no una emboscada. En los casos recientes, uno de los bandos parece que tenía un solo integrante y no aparecía demasiado confusa la acción: los golpes fueron en una sola dirección.


Si nombrarlo linchamiento ya implica una especie de eufemismo periodístico, porque encubre el nombre de homicidio agravado, y lo encubre casi con un sentido justificatorio, decirle paliza, como apareció en varios medios, es, simplemente, no llamar las cosas por su nombre.



* Aparecido en Página/12 el 3/4/2014 como "Llamar los hechos por su nombre"