Por el Observatorio de Género de la FPyCS de la UNLP (*)
“Comeniños”
la marcaron en la cárcel, donde permaneció cautiva del 2002 hasta la
fecha, por apuñalar a su beba, que fue consecuencia de una violación. A
los 29 años, Romina Tejerina quedó en libertad condicional tras cumplir
dos tercios de su condena penal, pero sigue sufriendo recriminación
social y mediática.
En
aquel momento, la fiscal Liliana Fernández de Montiel, aseveró que no
había pruebas para certificar que Milagros Socorro fuese hija del
violador, y objetó el móvil relacionado a un trauma emocional. A los 29
años, Romina Tejerina quedó en libertad condicional tras cumplir dos
tercios de su condena penal, pero sigue pagando la recriminación social y
mediática.
La vida de Romina fue anudando mandatos del orden cultural previstos
para el género femenino, y de especial exaltación en sociedades cerradas
del norte del país. Su padre boicoteaba las salidas nocturnas junto a
sus hermanas por el riesgo de que vuelvan embarazadas, y soportar “el
qué dirán” de los vecinos. El habitus patriarcal expresado fidedigno en
los desplantes familiares, aparece como un antecedente inevitable a la
hora de poner en contexto el acto desesperado que arremetió la chica
contra su propia descendencia.
La asociación casi inmediata de la mujer callejera, pública, y
sexuada con el formato de la prostituta, en oposición al modelo de mujer
doméstica, buena madre, histérica, frígida, no son estereotipos
obsoletos. La causa que condenó, el 10 de junio de 2005, a Romina
Tejerina a 14 años de prisión, bajo la tipificación de “homicidio
calificado por el vínculo”, fue un claro ejemplo de la fuerza y
actualidad de estos imaginarios vertebrales “de lo social”.
El violador de Romina, sufrió tan sólo 23 días de prisión hasta que
el juicio por su delito fue sobreseído. Nunca fue hilvanado el abuso
sexual con el posterior homicidio. La “psicosis aguda” como consecuencia
subjetiva del acto de violación, no constituía una explicación
comprobable para los magistrados, ni se tradujo en un velo de
consideración para la primera víctima de la historia. Incluso, varios
medios de comunicación, cubrieron el hecho privilegiando una parte del
relato periodístico a las declaraciones del hombre tendientes a sumir y
desdibujar la violación en el marco de una supuesta relación
sentimental trascurrida aquel año.
Finalmente, los jueces Héctor Carillo, Antonio Llermanos, y Alfredo
José Frías, atenuaron la pena de la joven norteña teniendo en cuenta
algunos aspectos genealógicos como la infancia condicionada por la
violencia, tanto física como simbólica, por parte de sus progenitores,
la falta de recursos económicos para solucionar la crianza de su hija,
la ausencia de una figura paterna.
Ana María Fernández, sostiene críticamente que la madre es el
paradigma de la mujer. El rol de reproductoras de la vida que fue
asignado, ya sea por las ciencias médicas, las religiones, los usos y
costumbres, constituye toda una definición de la identidad femenina.
Infringir estatutos de verdad, conductas deseables, expectativas,
significa una mayor o menor reprobación del entorno, según el nivel de
cuestionamiento y ruptura.
Romina encarna, la figura de la anti-madre, por el asesinato cometido
en sí mismo como por el ensañamiento en el método. En este sentido, la
libertad de Romina, reclamo inclaudicable del movimiento de mujeres
desde los albores del proceso judicial, representa menos un motivo de
alegría que un ejemplo del alcance material y la vigencia del machismo
recalcitrante en el seno de las formaciones sociales tradicionales.
(*) Publicado en http://agepeba.org/site/romina-tejerina-la-herejia-tiene-rostro-de-mujer/
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