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domingo, 6 de abril de 2014

Con la idea que se tiene de la vida




Por Horacio Cecchi *

Justicia por mano propia, dicen los más osados; emoción violenta, dicen los leguleyos; homicidio en riña, dicen los que no saben. Las cosas por su nombre: homicidio agravado por alevosía y ensañamiento, dice el Código Penal. Los nombres diferentes que asume la acción llamada ahora linchamiento están vinculados, como suele ocurrir, con la idea que se tiene del mundo, de la vida, y en este caso en particular, si considera que el otro tiene vida como un semejante o es simplemente un trámite de la inoperancia judicial que hay que resolver a como dé manera y la manera es matándolo a palos. Ocurre que la palabra linchamiento no tiene espacio dentro del Código y entonces surgen las diferentes acepciones y su aplicación, ajustando lo que se cree que es realidad a la ideología, que es previa. Mario Juliano, juez del Tribunal Criminal Nº 1 de Necochea, y director ejecutivo de la Asociación Pensamiento Penal, explicó a Página/12, paso a paso, todo lo que aplica el Código Penal sobre quienes participan en un linchamiento.


Para definir si el hecho de que una turba enfurecida mate a alguien indefenso porque cree que cometió un robo o hurto merece condena, Juliano empezó por explicar lo que se entiende como legítima defensa, que es lo que invocan los adeptos a la mano dura sobre el cuerpo de otro. “La legítima defensa es una causal exculpante de responsabilidad –dijo el juez– y se detalla en el artículo 34, inciso 6, del Código Penal.”


¿Cuáles son las condiciones para que se cumpla o cuáles son los límites de la legítima defensa? “Se deben dar tres cuestiones. Primero, la legítima defensa sólo existe como tal si es como respuesta a una agresión ilegítima en curso”, y subrayó “en curso”. “No puede ser que la acción ilegítima haya sido pretérita o futura”, sostuvo Juliano. ¿Por qué el acento puesto en que la acción ilegítima esté ocurriendo? Muy simple: no se puede llamar legítima defensa el hecho de agredir a alguien después de perseguirlo, porque la acción ilegítima, por ejemplo, un hurto en la calle, ya terminó. De la misma manera, tampoco se puede alegar legítima defensa por un pretendido robo futuro, porque el Código Penal no hace predicción.


“Tiene que haber falta de provocación de parte del que alega la legítima defensa –explicó Juliano–, por ejemplo, no puede haber agredido primero y después alegar legítima defensa durante la respuesta del otro a su agresión. Por último, la tercera condición es que la respuesta sea proporcional, tiene que haber una respuesta racional del medio empleado, es decir, si me viene a pegar con un diario, no me puedo defender con un arma como un revólver o un cuchillo.”


¿Qué pasa si, para dar el ejemplo de un asalto, el asaltante tiene un cuchillo y el asaltado no tiene un cuchillo a mano pero tiene un arma de fuego? ¿Cómo se sostiene la proporcionalidad? “La ley no pide a nadie que se transforme en un héroe. Pero, bueno, son todas circunstancias que se deben analizar y demostrar en cada caso. En principio, se deben dar esas tres condiciones.” ¿Sólo ocurre en casos de defensa de la propia persona o se puede aplicar también sobre objetos o posesiones? Una anécdota que narró Juliano avanza sobre esta pregunta. Un caso hipotético planteado en un examen: una persona compra una heladera en un local, paga con cheque y pide que la envíen a su casa. El local cierra y no le manda la heladera. El comprador llama al banco y anula el cheque. Pero el portador del cheque lo denuncia en la Justicia por estafa por pagar sin fondos. La respuesta correcta, sostuvo Juliano, es la legítima defensa, porque utilizó lo que tenía a su alcance para proteger sus bienes.


¿Se pueden enmarcar los recientes linchamientos como casos en legítima defensa? “No, todo indica que son homicidios calificados. Hay que diferenciar lo que es la aprehensión civil de lo que llaman linchamiento –explicó Juliano–. La ley permite a cualquier ciudadano intervenir en un delito en curso y atrapar al posible delincuente. Esto puede pasar porque no hay policía en ese momento, aunque nadie está obligado a hacerlo porque, repito, la ley no obliga a actos heroicos. Esto está regido por los códigos de procedimiento de cada jurisdicción. Lo que no autoriza la ley, ni a los civiles ni a la policía, es a poner mano sobre un posible delincuente y lesionarlo o matarlo. Esto es homicidio, o lesiones”.


Según Juliano, “en el mejor de los casos es homicidio simple, pero lo primero que surge es el artículo 80, que trata de homicidio agravado por alevosía, ensañamiento y concurso premeditado de dos o más personas”. La alevosía implica un empleo intensivo y extensivo de medios para provocar la muerte, generando un sufrimiento innecesario en la víctima, y la saña es el aprovechamiento de la indefensión. “Esto prevé, en el Código Penal, penas de prisión perpetua.”


Algunos alegaron emoción violenta. “La emoción violenta es otro de los eximentes de responsabilidad, pero es contradictoria con la legítima defensa, porque los agresores no fueron víctimas”, explicó Juliano.


Un abogado en un medio sostuvo la idea del homicidio en riña. No saber es no saber, pero saber y opinar erróneamente es esconder: riña, en la definición del diccionario de la Real Academia, es un acto “en que se acometen varias personas confusa y mutuamente de modo que no cabe distinguir los actos de cada una”. Muerte en riña, como ejemplo mediático, es la ocurrida en un enfrentamiento entre barras bravas, no una emboscada. En los casos recientes, uno de los bandos parece que tenía un solo integrante y no aparecía demasiado confusa la acción: los golpes fueron en una sola dirección.


Si nombrarlo linchamiento ya implica una especie de eufemismo periodístico, porque encubre el nombre de homicidio agravado, y lo encubre casi con un sentido justificatorio, decirle paliza, como apareció en varios medios, es, simplemente, no llamar las cosas por su nombre.



* Aparecido en Página/12 el 3/4/2014 como "Llamar los hechos por su nombre" 
 

Elegir las palabras


"Difícil hablar de homicidios cometidos por una turba, cuando está instalada la idea de que son actos erróneos de justicia. A los periodistas nos cuesta. Y habremos dicho en algún momento linchamiento por homicidio. No importa, en realidad, siempre se aprende algo. Lo que importa, en realidad, es que en medio del vértigo de la producción de una nota podamos tener el suficiente reflejo como para activar la mente, y buscar un sinónimo que no justifique. Por qué justifica decir linchamiento? Porque estamos diciendo que un grupo de gente, espontáneamente, se unió para tomar en sus manos lo que la justicia no hizo. Falso. Hablamos de una suerte de estallido de indignación cuando en realidad es una tropelía homicida cometida por violentos que buscan defender una cartera matando a un indefenso. Si robó, atraparlo y entregarlo a la policía no es lo mismo que amasijarlo a patadas sin posibilidad de defensa. Por eso, si no digo menor sino chico o pibe, si no digo crimen pasional sino en todo caso femicidio, si no digo accidente de tránsito sino choque, tampoco digo linchamiento sino homicidio cometido por una turba de energúmenos que después se fugó porque sabe lo que cometió".

Horacio Cecchi
Periodista docente
http://horaciocecchi.wordpress.com

viernes, 17 de enero de 2014

Prisila

Por Horacio Cecchi*

Ya sé que Priscila se escribe con “ese” seguida de “ce”. Ya lo sé. Incluso estuve gugleando el nombre, ese desmentidero moderno que no hace más que desinformar pero con profunda actualidad, y me dio su supuesto origen: Priscila es un nombre latino y lleva la “c” porque es un diminutivo de Prisca, que tiene toda su arqueología judaica en la antigua Roma, niña que terminó siendo mártir pero cuya historia no viene al caso, salvo su escritura. Que no es poco.

En la nota que escribí sobre Prisila, la niña asesinada a golpes en Berazategui (La muerte de una niña abandonada) su nombre lo escribí sin la “c” latina, sin la “c” de Prisca. Una omisión a su origen, o al origen de su nombre, digamos, aunque para ese entonces, cuando escribí la nota, desconocía que existiera el nombre Prisca, y de todos modos no hubiera modificado mi decisión. Porque, aclaro, escribir Prisila sin “c” fue una omisión adrede, consciente y decidida.

Ocurre que Prisila era indocumentada, no estaba inscripta. Como bien dice Zabalza en su opinión "No sólo es amor, Madre", no hubo el “significante que representa a un sujeto para otro significante, en este caso, la comunidad toda”. Prisila no estaba inscripta para que la comunidad la reconociera. Y al ser indocumentada, ese reconocimiento que sería la vara que, entre otras cosas, convalidaría la “correcta” escritura, no existía. O era casero. Menudo reconocimiento tenía a juzgar por su final. Es decir, Prisila que debía ser Priscila, en realidad para el Estado era “nadie” con minúscula y sin “c” ni “s”. El único documento que pude encontrar para contrastar su nombre fue un volante, que volqué al inicio de la nota, en cuyo texto se podía leer claramente “Prisila”. Me preguntaron en tono correctivo si sostenía Prisila y con qué fundamento o si, preferentemente, me volcaba a la escritura “bien”. Expliqué que el único documento que encontré de ella era ese volante.

No era poco. En última instancia, se trata de reproducir lo más fielmente posible el nivel de no representación que tenía la niña, al punto que su nombre, Prisila, escrito era el pasaje del nombre hablado, de la oralidad de su nombre indocumentado. Qué más que un volante casero en el que se la buscaba, nada menos que un volante de búsqueda con su nombre hablado. Podría haberse llamado Pricila o como se les hubiera antojado llamarla y modificar su nombre cada día, porque no había otra ley que la identificara que la que la mantenía indocumentada y que es la que la inscribió desde la oralidad o simplemente nunca supo o nunca se interesó en saber cómo se escribía Prisila, si con “c” o sin ella. Supongo que si le hubiera interesado, hoy Prisila podría ser Priscila (o Priscilla, como Priscilla Presley) y estar viva.

Al salir publicada la nota, al día siguiente, pude comprobar que ninguno de mis colegas se detuvo en el nombre y que todos, absolutamente todos, corrigieron, por simple deducción suponiendo que se trataba de un error de escritura. ¿Error de escritura o representación de su vida? ¿Desde qué lugar corregir? ¿Corregir aplicando qué criterio? Desde qué lugar decir lo que está bien si al relatar el caso se omite al Estado de la historia de indocumentación, cuando es el Estado diccionario el que determina la ortografía.

¿Escribir Priscila en lugar de Prisila surge a partir de una corrección ortográfica o moral? En este caso, sospecho, cualquier corrección ortográfica es moral. No sé por qué siento que sostenerla sin la “c” es mantener toda la fidelidad que puedo con esa niña salvajemente anulada, y cuyo nombre, Prisila, se mantiene diferente, reconocida, rebelde a la ortografía que la perdería de nuevo, en el común de las Priscilas.

* Aparecida el 16/1/2014 en http://horaciocecchi.wordpress.com con el título "¿Priscila o Prisila? La ortografìa moral"

jueves, 9 de enero de 2014

Los motivos profundos



Por Horacio Cecchi (*)(**) 

Prisila, de 7 años, desapareció el sábado, pero la denuncia se presentó el lunes. Su cuerpo apareció el martes, en una bolsa de residuos en un arroyo bajo la avenida Mitre. Tenía marcas de golpes y quemaduras. La madre y el padrastro se negaron a declarar.

La buscaban desde el lunes. Había desaparecido el sábado. Un volante con su foto, y el texto “Su nombre es Prisila. Falta desde el 4 de enero de su casa en la zona de Berazategui”, proporcionaba teléfonos para contactar a quien la encontrara. Resultado, el peor esperable. Su cuerpo apareció en el arroyo Plátanos, bajo un puente de la avenida Mitre, cerca del cruce con la calle 43, en Berazategui, casi fuera del límite de la localidad de Hudson. El hallazgo tuvo lugar la mañana del martes, pero se desconocía su identidad. A la noche del mismo martes, lograron unir búsqueda y hallazgo y confirmar que se trataba de Prisila. El titular de la fiscalía descentralizada de Berazategui, Carlos Riera, allanó la casa de la madre, en Hudson, y la detuvo junto al padrastro bajo la sospecha de que uno de ellos o ambos la habían matado e intentado ocultar el crimen. Hasta acá, la información escueta, casi desnuda, liviana de detalles macabros. Detalles que en noticias de este tipo abundan con una facilidad que supera veladamente las tasas de homicidio en ocasión de robo y que, en cambio, suplantan la fuerte impronta de los homicidios intrafamiliares. Al no encajar el caso como un supuesto de inseguridad, lo que se suele vender es morbo. Este es un desafío al lector, aproximarse a los motivos profundos que derivan en la muerte de una pequeña como Prisila.

Prisila nació hace siete años pero, según la información a la que pudo acceder este diario, no estaba documentada. Es decir, sus padres la llamaron Prisila de entrecasa, aunque para el Estado provincial hasta el martes no existía. Paradoja la de Prisila, que existió cuando dejó de existir.

En realidad no existía a medias, ya que concurría a una escuela, posiblemente de Lanús, donde vive su padre y con quien vivía hasta noviembre pasado, cuando fue mudada a lo de su madre, una casa de familia ampliada como se suele denominar a aquella que reúne a varias generaciones. La mujer, de 34 años, vive allí con su pareja de 30, tres hijos en común muy pequeños (4, 3 y 2 años y un bebé fallecido en noviembre pasado por asfixia –obstrucción láctea en la tráquea, según la autopsia–). Además, dos niños de 11 y 15, hermanos de Prisila, y otros tres, algo mayores, algunos de ellos a su vez con hijos.

La escolaridad de Prisila no tuvo confirmación oficial a la consulta de este diario por parte de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia bonaerense, pero pese a que algunos medios ya mencionaban su “no escolarización”, la foto que circuló muestra a la niña con guardapolvo blanco, escarapela y fondo azul. No es contradictorio. La escuela puede funcionar como un ancla que empuje a una familia hacia la confirmación estatal de identidad. No es poco. En caso de que así fuera, falló la obsesión estatal por obligar a la familia a documentarla.

De las intervenciones estatales la penal es la más visible, más por única que por ostentosa, que además lo es. Sin identidad, la intervención estatal en el caso Prisila corrió por cuenta, primero de la comisaría de la mujer, de Berazategui, donde la madre concurrió a efectuar la denuncia el lunes por la mañana. Denunció la desaparición ocurrida el sábado. La segunda intervención fue de la DDI de Quilmes, cuando alguien detectó el cuerpo de la chiquita en una bolsa de residuos en el arroyo Plátanos a unos 800 metros de la casa donde vivía, aunque a esa hora, la mañana del martes, nadie sabía a quién pertenecía. El cuerpo no estaba calcinado pero presentaba quemaduras. La zona tiene unos cuantos casos de chiquitos denunciados como desaparecidos. Podría haber sido cualquiera de ellos. A la noche, el Estado penal identificó a quien no había identificado. Se trataba de Prisila, muerta a golpes y con marcas de quemaduras, interpretadas por ahora como intentos de deshacerse de su cuerpo.

Una supuesta declaración del padrastro ante la DDI abrió a los investigadores policiales la pista que apuntó sobre la madre, y que la información mediática se encargó de subrayar más como madre monstruosa que como mujer desbordada, lo que no le quita responsabilidad sino que se la carga a ella sola y, en especial, libera al que la investiga, el Estado. Declaración inválida además porque ante la Justicia no fue convalidada. Ayer, durante la citación a indagatoria, tercera intervención del Estado en la historia de Prisila, ambos se negaron a declarar, con lo que los investigadores deberán encontrar pruebas, cabellos, rastros de ADN de la niña allí donde quiera que estén, testimonios de vecinos o parientes que ayer circulaban en los medios como si se tratara del respaldo de objetividad que requiere la persecución penal, pero anticipada. No se trata de exculpar a responsables, sino de no condenar mediante el morbo y anticipadamente.

Para completar la historia, una cámara de un comercio captó la figura nocturna de la pareja empujando un cochecito de bebé en dirección al arroyo. Supuestamente cargaba el cuerpo de Prisila. Los acompañaban dos chicos de unos 10 a 15 años, posiblemente dos hermanos de la nena. Una manera de comprometerlos al silencio. La violencia familiar puede ser física y/o psíquica, pero tiene profundas raíces culturales.

(*) horaciolqt@yahoo.com.ar
(**) Aparecido el 9/01/2014 en Página/12